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Modifica INE lineamientos y plazos para Revocación de Mandato

*A fin de aceptar apoyos ciudadanos en formatos físicos y a través de la APP.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó modificaciones a los Lineamientos de Revocación de Mandato para garantizar que los ciudadanos puedan expresar su apoyo a la solicitud de este ejercicio, a través del formato físico o por medio de la aplicación móvil.

El acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación traerá como consecuencia cambios en el calendario y cronograma que diversas áreas del Instituto ya habían diseñado y emitido para garantizar que este ejercicio se lleve a cabo en condiciones plenas de legalidad y certeza, explicó el consejero presidente, Lorenzo Córdova Vianello, este 10 de noviembre.

“La revisión de miles y probablemente millones de formatos de papel obliga al INE a dedicar más tiempo para verificar y validar los más de 2.7 millones de apoyos ciudadanos que se requieren para que este ejercicio pueda ser convocado, con el consecuente aplazamiento en la emisión de la convocatoria y la realización de la Jornada de votación dos semanas después de lo previsto originalmente; es decir, ésta pasa del domingo 27 de marzo al domingo 10 de abril de 2022”, agregó.

Estableció que es falso que sea el INE quien pretende boicotear el proceso de Revocación de Mandato.

“No es el INE quien boicotea u obstaculiza los ejercicios de democracia participativa recientemente incorporados en nuestra Constitución. Miente quien diga lo contrario. El INE ha cumplido cabalmente, contemplando en sus planes y presupuestos tanto la posibilidad de una Consulta Popular, que, por cierto, aún podría ser convocada antes del 30 de noviembre, como el proceso de Revocación de Mandato que, desde el pasado 1 de noviembre, es promovido por más de 22 mil ciudadanos registrados ante el INE”, manifestó.

La consejera Dania Ravel Cuevas subrayó que “al igual que siempre, el INE acatará el fallo de la Sala Superior”.

No obstante, la sentencia dictada por el Tribunal, insistió, la determinación original del INE para que la recolección de firmas fuera predominantemente a través de la APP “no fue caprichosa o arbitraria; fue una determinación con sustento técnico y operativo”, aseguró.

El consejero Jaime Rivera Velázquez enfatizó que el INE “no podría ni aceptaría organizar una votación ciudadana sin un padrón confiable, sin unas mesas receptoras de votos integradas por ciudadanos imparciales y capacitados, ni una emisión de resultados que no tuvieran todas las garantías de autenticidad y transparencia”.

Someter al presidente de la República a una eventual pérdida del cargo por decisión ciudadana “es un asunto muy serio y el INE asume esa responsabilidad con toda seriedad”, dejó en claro.